El pasado mes de junio, Paz y seguridad lanzó una convocatoria buscando evidencia sobre las soluciones que se están implementando actualmente en México o en otros contextos y que podrían adaptarse al país. Un jurado compuesto por Lilian Chapa Koloffon, Lisa Sánchez y Sandra Ley eligió cinco artículos sobresalientes para publicarse en una serie especial. Esta es la primera entrega.
“Lo que no se mide, no se puede mejorar.
Lo que no se mejora, se degrada siempre”.
—William Thomson (Lord Kelvin)
A pesar de la larga tradición estadística mexicana, nuestro país nunca ha contado con un conjunto de indicadores oportunos y confiables para evaluar situaciones de criminalidad e inseguridad. Esta carencia, si bien se arrastra sexenio tras sexenio, se ha vuelto más evidente con las decisiones de la actual administración. Contrario a lo que dispone la Ley de Planeación, el Plan Nacional de Desarrollo no incluyó los “indicadores de desempeño y sus metas que permitan dar seguimiento al logro de los objetivos” (art. 21Ter f.V). En la Estrategia Nacional de Seguridad Pública tampoco se definieron indicadores. Así, la discusión gubernamental se ciñe a observar si “subieron o bajaron” dos subtipos de delitos reportados por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SENSP): los homicidios dolosos y los secuestros. Esta parquedad de miras puede aparentar un panorama “menos grave” del que realmente se vive.

Por fortuna, el Programa Nacional de Derechos Humanos 2020-2024 (PNDH) sí estableció métricas oficiales. Y vale la pena examinar uno de sus indicadores porque permite ejemplificar las problemáticas asociadas a la exigua discusión de dos subtipos de delitos (“Meta para el bienestar del Objetivo prioritario 2”):
• Tasa de incidencia delictiva del fuero común, que se refiere a la presunta ocurrencia de delitos contra la vida y la integridad corporal, contra la libertad personal y contra la sociedad.
Utilizar grupos de delitos fue un acierto de la Secretaría de Gobernación (Segob) porque las cifras por subtipos del SESNSP han sido criticadas desde hace años. El problema más discutido es la correlación entre homicidios dolosos y culposos que existe en algunas entidades, la cual sugiere permutas en la clasificación de asesinatos por muertes accidentales. También se ha señalado la categoría de “otros delitos contra la libertad personal”, cuyo uso puede disminuir artificialmente los secuestros y cambiar la concentración geográfica de estos delitos (para explorar la problemática asociada a los “otros” delitos, pueden revisarse estas visualizaciones sobre homicidios y secuestros).
El indicador del PNDH salva las críticas anteriores, presenta estimaciones 2015-2018 y propone metas para 2020-2024. No obstante, esto hace evidente otro serio problema: toda vez que el SESNSP permite a las fiscalías cambiar sus series históricas en cada reporte mensual (borran y añaden casos con total libertad para cualquier mes y año), es imposible replicar las tasas calculadas durante la elaboración del PNDH (el SESNSP borra archivos anteriores y sólo publica el último reporte). La gráfica 1 muestra este indicador oficial y sus metas anuales versus las cifras más recientes del SESNSP (actualización del 20 de agosto de 2022), y devela lo siguiente:
• La serie histórica ha cambiado. Las fiscalías están anotando más delitos para años anteriores, lo cual reduce artificialmente las diferencias comparativas de los niveles actuales.
• Los resultados, hasta ahora, distan de las metas oficiales, especialmente su tendencia pues la caída de 2020 se debe al confinamiento ocasionado por la pandemia.
La gráfica 2 muestra la desagregación de la tasa por subtipos de delitos. Esto permite observar el peso relativo de las categorías de “otros” delitos según la clasificación del SESNSP, así como el dramático aumento de los “otros delitos contra la libertad personal” y de los “otros delitos contra la sociedad”.
Si bien este indicador de Segob representa una primera mejora a las habituales cifras oficiales, llama la atención que no se diera el siguiente paso obvio, definir una tasa a partir del número de víctimas pues su conteo es menos confuso y más preciso que el número de delitos (un delito puede afectar a varias víctimas y una persona puede ser víctima de varios delitos). Y, por supuesto, no se atendió la crítica más demoledora a las cifras del SESNSP, la magnitud de la cifra negra: Por cada 100 delitos que ocurren en México, sólo diez se denuncian y únicamente siete se investigan, y el SESNSP solamente reporta esos siete delitos registrados en las carpetas de investigación.
La gráfica 3 muestra tasas de victimización para los mismos subtipos de delitos. Al compararlas con la gráfica 2 se observa que son mayores que las tasas de incidencia delictiva, especialmente para delitos contra la libertad personal. Este grupo es crucial, en cuanto a problemáticas de medición, porque su subtipo de “otros” tiene el mayor peso relativo y la tendencia más marcada de aumento. Es posible que las fiscalías estén anotando, dentro de esa categoría de “otros”, una variedad de delitos relacionados con la privación ilegal de la libertad (pero sin una metodología pública es imposible saberlo), tales como desaparición forzada y por particulares, los cuales también pueden ser causa de subregistro de homicidios dolosos (al no encontrar un cadáver no se registra el homicidio). En la gráfica 4 se muestra la evidente correlación de las series históricas de defunciones por homicidio del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, y de casos reportados por el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas.
Al considerar todas estas cifras (gráficas 1 a 4) como un conjunto de datos que, si presentara menos problemas de calidad y congruencia, pudiera servir para valorar la situación actual de inseguridad, se entiende por qué es imposible afirmar, con base en la evidencia oficial disponible, que las condiciones del país estén mejorando. De hecho, algunos rubros están empeorando drásticamente, tales como los crímenes contra la libertad personal y contra el libre desarrollo de la personalidad (trata de personas y otros similares). Para los más escépticos se incluye la gráfica 5, con el conteo mensual de víctimas de delitos contra la libertad personal. Todo lo anterior sin considerar la magnitud de la cifra negra.
Lo más desalentador es que estos tristes resultados gubernamentales eran de esperarse. Hace tres años advertí en este mismo espacio sobre los supuestos equivocados detrás de la “estrategia” de seguridad y de la creación de la Guardia Nacional. En ese entonces mostré que la crisis de violencia no se originó por la desigualdad ni por el neoliberalismo, sino por los operativos militarizados de “combate frontal” contra el narcotráfico ordenados por Felipe Calderón. La creencia de que la criminalidad se puede reducir con la presencia permanente de militares en las calles es totalmente errónea. Esto ya quedó demostrado desde el inicio de la “guerra contra el narco”, tal y como lo expliqué en mi artículo anterior y como lo siguen advirtiendo diversos analistas.
En mi artículo anterior también analicé por qué la idea de atender las “causas” de la violencia con programas sociales es anacrónica y, peor aún, equivocada (entre otros motivos porque criminaliza la pobreza). Ya se ha demostrado que la relación causal es inversa: la violencia es un factor que genera pobreza persistente. A esta relación se le conoce como efecto langosta y ha sido bien documentada a nivel internacional. Para resumir (a riesgo de sobre simplificar): no ocurre que los jóvenes beneficiarios de los programas sociales se abstengan de delinquir por el dinero que reciben; más bien, los criminales que extorsionan y asaltan a los beneficiarios de los programas sociales son quienes se quedan con esos apoyos económicos (de ahí la analogía con una plaga de langostas). Por este motivo es que, se requiere construir primero un Estado de derecho que sea capaz de terminar con la violencia.
¿Entonces, qué podemos hacer?
Desde principios del siglo XXI, la academia, organizaciones civiles y organismos internacionales han expresado propuestas y recomendaciones para reducir la violencia y consolidar el Estado de derecho en México. Por desgracia, estas propuestas no fueron escuchadas en su momento y como bien dijo William Thomson, aquello que no se mejora, se degrada siempre. Ahora no sólo es necesario implementar aquellas recomendaciones ignoradas en sexenios anteriores, también será preciso revertir la militarización de la vida pública que promueve la actual administración. Una lista de estas propuestas, sin el ánimo de ser exhaustiva, es la siguiente:
1. Concluir la “guerra contra el narco” por la vía de la legalidad, es decir, emular a Canadá, Estados Unidos y otros tantos países, regulando gradualmente el mercado de drogas (mientras exista un marco de prohibición continuará la “guerra” por controlar el mercado negro y las rutas de tráfico, y la solución no es dar “abrazos”, sino construir un Estado de derecho).
2. Acatar las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) y eliminar el fuero de guerra (fuero militar) para todos los militares que participen en tareas de seguridad pública y, evidentemente, en tareas civiles como construcción de infraestructura. Esto sería positivo para las Fuerzas Armadas pues se ha documentado una variedad de injusticias, derivadas del fuero militar, contra ellos mismos.1 Para terminar con estas injusticias también se ha propuesto la absorción de los tribunales militares por parte del Poder Judicial Federal.2
3. Acatar la sentencia de la CoIDH que dicta que la participación de las Fuerzas Armadas en la seguridad pública debe ser fiscalizada por órganos civiles competentes, independientesy técnicamente capaces.
4. Reglamentar los artículos 29 y 119 constitucionales para contar con un marco legal que acote y guíe la actuación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública.3
5. Eliminar el régimen de excepción de derechos (arraigo, prisión preventiva oficiosa, etcétera) embebido en la Constitución desde 2008 bajo el pretexto de la “guerra contra las drogas”.4
6. Publicar un Código Penal Nacional como marco normativo único de tipificación de delitos para todo el territorio nacional.5
7. Reformar el Sistema Nacional de Seguridad Pública para construir un Sistema Nacional de Justicia Penal (pues la finalidad del Estado es la Justicia, mientras que la seguridad sólo es un medio y un subproducto de ésta) y, en consecuencia, transformar la Secretaría de Seguridad Pública en una Secretaría de Justicia y Derechos Humanos, emulando los Ministerios de Alemania, Argentina, Chile, Colombia, Costa Rica, España, Francia y Portugal.
8. Instrumentar el sistema de información sobre justicia penal que desde hace más de una década recomendó la División de Estadística de Naciones Unidas.6
9. Establecer instituciones extraordinarias para atender la crisis de violencia, tales como una Comisión de la Verdad (con facultades para investigar el periodo actual y no sólo los crímenes del pasado), un Mecanismo Internacional contra la Impunidad (similar a la CICIG de Guatemala), y una Unidad Internacional de Investigación Forense.
10. Revisar y replantear las atribuciones de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, los organismos locales de protección de derechos, las comisiones de atención a víctimas y las defensorías públicas, a fin de crear un Sistema Nacional de Protección de Derechos Humanos, con atribuciones tales como:
a) Amplios poderes de investigación, facultades de intervención como sujeto procesal y funciones de vigilancia sobre la actuación de las corporaciones encargadas de la seguridad (incluyendo Fuerzas Armadas), las policías, los servicios penitenciarios y las empresas de seguridad privada, al igual que la Defensoría de Derechos en Francia.
b) Facultad de realizar inspecciones regulares, no anunciadas, a cualquier lugar de posible privación de la libertad, incluyendo transportes y cuarteles, tanto militares como de policía, instalaciones judiciales, etcétera, al igual que el Defensor del Pueblo en España.
c) El control disciplinar de la Policía Nacional (en nuestro caso Guardia Nacional), al igual que la Procuraduría General de Colombia (que es distinta de su Fiscalía General)
Carlos Galindo
Doctor en Filosofía de la Ciencia y consultor en temas de seguridad y justicia.
1 Rea, D., y Ferri, P. La Tropa: por qué mata un soldado, Penguin Random House, 2019.
2 González, M. “El fuero militar en México: la injusticia en las Fuerzas Armadas”, El derecho por entregas, Universidad Autónoma de Coahuila y Editorial Laguna.
3 Brokmann, C. “El artículo 29 y la suspensión de derechos y garantías ante la seguridad nacional. Retos para una Ley Reglamentaria” Derechos Humanos México, 18, pp. 75-97.
4 Madrazo, A. “Los costos constitucionales de la guerra contra las drogas: una primera aproximación (desde México)”, Cuadernos de Trabajo del Programa de Política de Drogas del Centro de Investigación y Docencia Económicas, 2014.
5 Laveaga, G. “Diez propuestas para modernizar el Sistema de Justicia Penal en México”, Iter Criminis – Revista de Ciencias Penales, 4, 2006, pp. 127-140.
6 Naciones Unidas, Manual para la elaboración de un sistema de estadísticas sobre justicia penal, División de Estadística. Departamento de Asuntos Económicos y Sociales, 2004.
Cita esta publicación
Galindo, C. (2022, 6 octubre). Los “otros” datos y las otras propuestas. nexos. Recuperado el 25 de February de 2026 de https://seguridad.nexos.com.mx/los-otros-datos-y-las-otras-propuestas/
Galindo, Carlos. “Los “otros” datos y las otras propuestas.” nexos, octubre 6, 2022. https://seguridad.nexos.com.mx/los-otros-datos-y-las-otras-propuestas/
GALINDO, Carlos. Los “otros” datos y las otras propuestas. nexos [en línea]. 6 octubre 2022. [Consulta: 25 February 2026]. Disponible en: https://seguridad.nexos.com.mx/los-otros-datos-y-las-otras-propuestas/
Galindo, Carlos. “Los “otros” datos y las otras propuestas.” nexos. 6 Oct. 2022, https://seguridad.nexos.com.mx/los-otros-datos-y-las-otras-propuestas/.




