Control del fentanilo en México Repercusiones en la práctica médica

Ilustración: Patricio Betteo

La población en México está expuesta a la narrativa gubernamental y la información incompleta que circula en medios sobre el fentanilo.[1] Esta narrativa deriva de la actual crisis de fentanilo en Estados Unidos, asociada al consumo de fentanilo ilícito, que puede ser letal, ya sea porque una persona utiliza drogas ilícitas sin conocer que están contaminadas con fentanilo o porque consume fentanilo ilícito sin saber si la dosis es mortal.[2]

El asunto en México es distinto. Más allá de hallazgos recientes sobre posible consumo en la frontera norte[3], no hay información oficial que permita afirmar una crisis de sobredosis en el país.[4] En cambio, sí hay certeza de producción y tránsito de fentanilo.[5]

La estrategia gubernamental para atender el asunto del fentanilo emplea un lenguaje bélico: presenta su estrategia como “combate”.[6] El problema es visto como uno de seguridad y no de otra naturaleza: como tema de salud, por ejemplo. Ello supone la participación del ejército y marina y el despliegue de estrategias esencialmente de seguridad.[7]

Un problema con esta narrativa es que normalmente no distingue entre fentanilo lícito e ilícito.[8] El ilícito se produce en laboratorios clandestinos; se comercia ilegalmente en presentaciones no farmacéuticas (en polvo o pastillas); e implica comercio de sustancias similares al fentanilo.[9]

En contraste, el fentanilo lícito sigue altos estándares de calidad, es producido por laboratorios farmacéuticos con protocolos clínicos, supervisado por autoridades sanitarias nacionales e internacionales.[10] Se usa bajo supervisión médica: como anestesia en procedimientos quirúrgicos; en terapia intensiva; para tratar dolor severo, en enfermos de cáncer o en cuidados paliativos.[11] Durante la pandemia de COVID-19 fue un medicamento muy usado en pacientes intubados.[12]

Aclarar esto parece innecesario. No es así. Esta confusión llevó al expresidente López Obrador a proponer la prohibición del fentanilo medicinal, como si eso afectara el tráfico de fentanilo ilícito.[13] Ante ello, anestesiólogos y especialistas en medicina del dolor respondieron lo siguiente: “resulta inocente pensar que la sobrerregulación del fentanilo de uso médico en México pueda modificar las tendencias del mercado negro”.[14]

Control a través de la ley

La narrativa del “combate” no sólo se materializa en las calles con el ejército deteniendo traficantes o realizando “decomisos históricos” de cargamentos, sino también a través de la ley.[15]

El fentanilo en México es un fármaco incluido como analgésico en el Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos del sistema de salud junto con el ibuprofeno.[16] Pero también está clasificado como estupefaciente en la Ley General de Salud.[17] Su uso lícito está sujeto a estrictos controles sanitarios, su uso ilegal se castiga conforme a la legislación penal.[18]

Recientemente, diputados y senadores aprobaron una reforma constitucional que prohíbe el uso ilícito de fentanilo.[19] También otra que confecciona nuevos delitos relacionados con el fentanilo o las sustancias químicas con los que se fabrica (“precursores”); delitos que ameritan prisión automática,[20] pasando por alto la presunción de inocencia, sin investigación o análisis judicial que justifique la medida, transgrediendo principios básicos de derechos humanos.[21]

Pero hay otra serie de reformas legales que ha sido ignorada. Entre 2017 y 2024, el Poder Ejecutivo impulsó, al menos, seis acuerdos o decretos con el fin de controlar, de manera aún más estricta, la producción, compra, venta, distribución o transportación de fentanilo lícito o ilícito y sus “precursores”.[22] Estos cambios condujeron a la invención de organismos públicos que no existían – como la Comisión presidencial encargada de la coordinación nacional para combatir el tráfico ilícito de drogas sintéticas – y la autorización a la Secretaría de Marina para decidir e intervenir sobre asuntos de salud pública. Además, el Poder Legislativo tipificó como delitos nuevas conductas relacionadas con el uso de productos con los que se produce fentanilo ilícito, pero con los que también se fabrican otras sustancias legales.[23]

Estas reformas ambiguas suponen nuevas capas de reglamentación y burocracia sobre el fentanilo medicinal, que está controlado estrictamente por autoridades sanitarias: un fentanilo que difícilmente puede traficarse para fines recreativos. Esto parece haber contribuido al desabasto del medicamento en México.[24] Las reformas afectan a quienes emplean fentanilo legalmente: farmacéuticas, hospitales, médicos y pacientes en situaciones críticas. También perjudican a quienes utilizan productos químicos – “precursores” – contemplados en estas regulaciones/normativas para fines legítimos: por ejemplo, la elaboración industrial de productos de limpieza.

Paradójicamente, pareciera que estas medidas no frenan el tráfico del fentanilo ilícito. Las autoridades estadunidenses estimaron un incremento de 480%, entre 2020 y 2023, en las incautaciones de fentanilo ilícito en la frontera con México.[25]

Repercusiones en la práctica médica

Como parte de una investigación exploratoria en proceso, realizamos catorce entrevistas con médicos anestesiólogos del sector público y privado, en distintas ciudades, así como con expertos en salud pública. A continuación, se describen algunos de los hallazgos preliminares que emergieron de las entrevistas.

Los médicos entrevistados emplean fentanilo medicinal diariamente. Es uno de sus principales materiales de trabajo. Por sus características farmacológicas, dijeron, tiene bondades que lo hacen preferible a otros medicamentos: es barato; tiene menos efectos indeseables que duran menor tiempo; es efectivo: actúa rápidamente; y es potente: con menor dosis se obtiene el efecto deseado.

Algunos mencionaron que trámites relacionados al uso de fentanilo en sus hospitales se han vuelto excesivos, lo que ha llegado a entorpecer su trabajo. Algunos coincidieron en el sentimiento de asombro sobre el hecho de que, en el discurso oficial o en la prensa, no siempre se distinga entre fentanilo lícito e ilícito.

Expresaron su preocupación acerca de la falta de fentanilo en sus hospitales. Esto los ha forzado a realizar su labor inadecuadamente, poniendo en riesgo la salud de los pacientes. Por ejemplo, cancelaron cirugías programadas con antelación, cambiaron de hospital para hacerlas, o las pospusieron hasta que el director del hospital consiguiera el medicamento. Se vieron obligados a pedir prestado fentanilo a colegas a los que les sobró de otro procedimiento quirúrgico. En casos de urgencia, utilizaron otro medicamento, menos efectivo y con mayores efectos indeseables.

Las reformas legales, la narrativa oficial y la información incompleta de los medios también han generado cierto ambiente de intranquilidad entre ellos: “nosotros no teníamos problemas hasta que empezó la situación de que el gobierno lo está satanizando”. El temor es fundado. Entre 2021 y 2024, la prensa reportó al menos la detención de cuatro anestesiólogos, cuyas acusaciones están relacionadas con fentanilo medicinal.[26] Detenciones que provocaron protestas de otros médicos: “ayer fuimos héroes, hoy delincuentes”.[27]

Algunos compartían cierta sensación de pesadumbre por el estigma que ha emergido sobre el fentanilo medicinal y los médicos que lo emplean. Como si los médicos fueran a traficar con una ampolleta de fentanilo que quedó de alguna cirugía, dijo uno. En este contexto en el que los medios y el discurso oficial desacreditan constantemente el fentanilo, han llegado a tener pacientes que rehúsan ser anestesiados con ese medicamento.

Aunque saben que es improbable, comparten la preocupación de que exista la posibilidad de que puedan ser detenidos por emplear o transportar fentanilo medicinal. Apoyaban esta inquietud en las historias de los médicos anestesiólogos detenidos; historias que todos conocían muy bien.

Causas, efectos

Las secuelas de estas reformas están por verse. Por ahora es visible es que esta estrategia ha promovido una narrativa bélica que no siempre distingue el consumo de un individuo del tráfico del crimen organizado, ni fentanilo ilegal del medicinal, que privilegia la participación militar, no de especialistas en temas de salud pública. Estas reformas no parecen frenar el tráfico del fentanilo ilícito, pero sí han repercutido en el trabajo de farmacéuticas y médicos; y, por ende, en la salud de los pacientes.

Para Raúl Bejarano y otros expertos en salud pública: “el enfoque de la administración actual sobre el consumo de sustancias ha sido desde una perspectiva moral más que de salud pública”.[28] Esta postura no parece haber cambiado desde 1967, cuando Octavio Paz advirtió que el gobierno prohibía el uso de ciertas sustancias por “moral social” y no por salud.[29] Por eso, decía Paz, “la autoridad manifiesta un celo ideológico: persigue una herejía, no un crimen”; y concluía: “en el caso de las drogas todo el mundo habla pero pocos escuchan a los que realmente tienen algo que decir: los hombres de ciencia”.

Javier Treviño Rangel es Doctor en Sociología por la London School of Economics, autor del libro Policing the Mexican Past. Transitional Justice in a Post-authoritarian Regime, Londres, Palgrave, 2022.

Sara E. Velázquez Moreno es consultora en temas de seguridad y justicia y colabora con el Programa de Política de Drogas.

[1] Por ejemplo, (a) Cabrera, R., y Anguiano, D. (26 de septiembre de 2023). El fentanilo en México: Una crisis ignorada. Revista Gatopardo; (b) Escubedo Rafa, E. (31 de enero de 2024). La crisis del fentanilo y por qué sus consumidores parecen zombis. El Economista.

[2]Katz, J., Sanger-Katz, M., y Sullivan, E. (06 de octubre de 2023). Algunos datos clave sobre la crisis del fentanilo. The New York Times; Wilson, N., et al. (2020). Drug and opioid-involved overdose deaths — United States, 2017–2018. Morbidity and Mortality Weekly Report, 69(11), 290–297; Rauf, U., et al. (2021). Causes, nature and toxicology of fentanyl-analogues associated fatalities: A systematic review of case reports and case series. Journal of Pain Research, 14, 2601–2614.

[3](a) Fleiz, C., et al. (2020). Fentanyl is used in Mexico’s northern border: Current challenges for drug health policies. Addiction, 115(4), 778–781; (b) Goodman-Meza, D., et al. (2022). Impact of an overdose reversal program in the context of a safe consumption site in Northern Mexico. Drug and Alcohol Dependence Reports, 2, 100021.

[4] Observatorio Mexicano de Salud Mental y Adicciones. (2024). Informe de la demanda y oferta de fentanilo en México: Generalidades y situación actual.

[5] (a) Arista, L. (20 de noviembre de 2023). México sí produce fentanilo: Sedena asegura 22 centros de manufactura. Revista Expansión; (b) Penichet-Paul, C. (25 de octubre del 2023). Illicit fentanyl and drug smuggling at the U.S.-Mexico border: An overview. Immigration Forum.

[6] (a) Secretaría de Relaciones Exteriores. (04 de abril de 2023). México es el país que más contribuye para combatir el fentanilo: Ebrard. Gobierno de México; (b) Tesorería de la Federación. (2023). El combate al tráfico de fentanilo y la inflación: Las relaciones con Estados Unidos y América Latina y el Caribe. Gobierno de México.

[7] Presidencia de la República. (15 de marzo de 2023). Versión estenográfica: Conferencia de prensa matutina del presidente Andrés Manuel López Obrador; Bejarano Romero, R., et al. (2023). Implementing a decentralized opioid overdose prevention strategy in Mexico, a pending public policy issue.The Lancet Regional Health – Americas, 23, 100535

[8] Villafuerte García, A., et al. (2024). Opioides, sobredosis y los desafíos de la reducción de daños como estrategia eficiente en el campo de la salud pública. Revista de la Facultad de Medicina UNAM, 67(4), 43–56.

[9] Pergolizzi, J., et al. (2021). Illicitly manufactured fentanyl entering the United States. Cureus, 13(8), e17496.

[10]Covarrubias Gómez, et al. (2023). La crisis de opioides en México.Revista Mexicana de Anestesiología, 46(3), 161–165.

[11] Covarrubias Gómez A., et al. (2019). Reflexiones sobre el uso de opioides para el tratamiento del dolor crónico no-oncológico en México. Revista Mexicana de Anestesiología, 42(4):312–4; Ferry, N., Hancock, L. E., y Dhanjal, S. (2023). Opioid anesthesia. StatPearls; Stanley, T. H. (2014). The Fentanyl Story. The Journal of Pain, 15 (12): 1215-1226.

[12] Palamim, C. V. C., Boschiero, M. N., Faria, A. G., Valencise, F. E., y Marson, F. A. L. (2022). Opioids in COVID-19: Two sides of a coin.Frontiers in Pharmacology, 12, 758637. ht

[13] Presidencia de la República. (15 de marzo de 2023). Op. cit.

[14] Covarrubias Gómez et al. (2023). Op. cit.

[15] Secretaría de Seguridad Ciudadana. (2024). El Gabinete de Seguridad, en Sinaloa detuvieron a dos hombres y se realizó el aseguramiento histórico de más de una tonelada de fentanilo. Gobierno de México. 

[16]Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). (01 de febrero de 2024) Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos: Analgesia.

[17] De acuerdo con el artículo 234 de la Ley General de Salud.

[18] De acuerdo con el capítulo I del título séptimo del Código Penal Federal.

[19] Canal del Congreso. (11 de diciembre de2024). Avala Senado prohibición de vapeadores y uso ilícito de fentanilo.

[20] Presidencia de la República. (31 de diciembre de 2024). Decreto por el que se reforma el párrafo segundo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de prisión preventiva oficiosa. Diario Oficial de la Federación.

[21] (a) Elementa DDHH. (2024). Imposición de prisión preventiva oficiosa sobre uso de fentanilo pone en riesgo el derecho a la salud y la vida de personas usuarias. (b) Instituto Ria e Intersecta (11 de diciembre de 2024). Fentanilo, sustancias sintéticas e impactos de la criminalización de sustancias. IDPC.

[22] (a) Consejo de Salubridad General. (18 de julio de 2017). ACUERDO por el que se adicionan las substancias N-fenetil-4-piperidona (NPP) y 4-anilino-N-fenetilpiperidina (ANPP), al listado de la clasificación a que se refiere la fracción I, del artículo 4, de la Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos; y se consideran estupefacientes comprendidos en el artículo 234, de la Ley General de Salud. Diario Oficial de la Federación. (b) Secretaría de Economía y Secretaría de Salud. (03 de noviembre de 2017). Acuerdo que modifica al diverso que establece la clasificación y codificación de mercancías y productos cuya importación, exportación, internación o salida está sujeta a regulación sanitaria por parte de la Secretaría de Salud. Diario Oficial de la Federación. (c) Consejo de Salubridad General. (25 de mayo de 2021). ACUERDO CSG CCC 4/15.04.2021, por el que se aprueba la implementación de la lista de vigilancia de sustancias susceptibles de uso dual, como mecanismo de monitoreo a cargo del Consejo de Salubridad General, las secretarías de Relaciones Exteriores, Hacienda y Crédito Público; Economía, Salud, Marina, así como de Comunicaciones y Transportes y la Fiscalía General de la República de acuerdo con sus facultades constitucionales y legales.Diario Oficial de la Federación. (d) Consejo de Salubridad General. (28 de abril de 2022). ACUERDO por el que se modifica el diverso CSG CCC 4/15.04.2021, por el que se aprueba la implementación de la lista de vigilancia de sustancias susceptibles de uso dual, como mecanismo de monitoreo en el ámbito de sus respectivas competencias, a cargo del Consejo de Salubridad General; las secretarías de Relaciones Exteriores, Hacienda y Crédito Público, Economía, Salud, Marina, así como de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, y la Fiscalía General de la República de acuerdo con sus facultades constitucionales y legales.Diario Oficial de la Federación. (e) Presidencia de la República. (12 de abril de 2023). Decreto por el que se crea la Comisión presidencial encargada de la coordinación nacional para combatir el tráfico ilícito de drogas sintéticas, y armas de fuego y sus municiones. Diario Oficial de la Federación. (f) Presidencia de la República. (22 de marzo de 2024). Decreto por el que se crea la Comisión Intersecretarial de Laboratorios de Seguridad Nacional.Diario Oficial de la Federación.

[23] Presidencia de la República. (03 de mayo de 2023). Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos. Diario Oficial de la Federación.

[24] (a) Medina, J. L. (24 de mayo de 2023). Fentanilo médico, barato y eficaz para pacientes con dolor: anestesiólogo; un retroceso, prohibirlo. Milenio. (b) Valadez, B. (24 de abril de 2023). Médicos alertan sobre severo desabasto de fentanilo medicinal en México. Milenio.

[25] Penichet-Paul, C. (25 de octubre de 2023). Illicit fentanyl and drug smuggling at the U.S.-Mexico border: An overview.Immigration Forum.

[26] (a) Job, V. (18 de junio de 2021). Acusa FGR a anestesióloga de narcotráfico por comprar fentanilo para cirugías. Milenio. (b) González, E. (02 de junio de 2023). Cae médico por presunto robo de fentanilo en Saltillo. Zócalo. (c) Pérez, J.A. (04 de septiembre de 2023). Anestesiólogos protestan en Oaxaca; demandan no criminalizar su labor. La Jornada. (d) Forbes. (11 de marzo de 2024). Condenan a 4 años de cárcel a un anestesiólogo de Baja California Sur por poseer fentanilo. Forbes.

[27] Pérez, J. A. (04 de septiembre de 2023). Op. cit.

[28] Bejarano Romero, R., et al. (2023). Op. cit.

[29] Paz, O. (1967). Corriente alterna. Siglo XXI.


Cita esta publicación

Treviño Rangel, J. & Velázquez Moreno, S. E. (2025, 6 febrero). Control del fentanilo en México Repercusiones en la práctica médica. nexos. Recuperado el 11 de March de 2026 de https://seguridad.nexos.com.mx/control-del-fentanilo-en-mexico-repercusiones-en-la-practica-medica/

Treviño Rangel, Javier, y Sara E. Velázquez Moreno. “Control del fentanilo en México Repercusiones en la práctica médica.” nexos, febrero 6, 2025. https://seguridad.nexos.com.mx/control-del-fentanilo-en-mexico-repercusiones-en-la-practica-medica/

TREVIÑO RANGEL, Javier y VELÁZQUEZ MORENO, Sara E. Control del fentanilo en México Repercusiones en la práctica médica. nexos [en línea]. 6 febrero 2025. [Consulta: 11 March 2026]. Disponible en: https://seguridad.nexos.com.mx/control-del-fentanilo-en-mexico-repercusiones-en-la-practica-medica/

Treviño Rangel, Javier, y Sara E. Velázquez Moreno. “Control del fentanilo en México Repercusiones en la práctica médica.” nexos. 6 Feb. 2025, https://seguridad.nexos.com.mx/control-del-fentanilo-en-mexico-repercusiones-en-la-practica-medica/.


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