La noche del 5 de abril de 2024, la Policía de Ecuador irrumpió por la fuerza en la embajada de México en Quito. A raíz de este ataque, el Estado mexicano recurrió a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) para demandar las violaciones al Derecho Internacional por parte del Estado ecuatoriano. Desde entonces, la Corte comenzó a ocupar primeras planas en medios de comunicación mexicanos y extranjeros. Esta atención aumentó cuando Sudáfrica presentó un caso contra Israel acusándolo de genocidio. Para poder analizar mejor el contexto de estas noticias, en este artículo describo qué es la CIJ y cuál es su rol en las relaciones entre países.
La Corte Internacional de Justicia es el principal órgano judicial de la Organización de las Naciones Unidas (ONU); es el único de los seis órganos principales que no tiene su sede en Nueva York, sino que se encuentra en La Haya, Países Bajos, en el recinto denominado “Palacio de la Paz”. Su competencia es sobre Estados soberanos y no sobre individuos.1 Tiene como objetivo lograr, por medios pacíficos, y de conformidad con los principios de la justicia y el derecho internacional, el ajuste o arreglo de controversias o situaciones internacionales susceptibles de conducir a quebrantamientos de la paz. Surgió al finalizar la Segunda Guerra Mundial, como respuesta a la necesidad de contar un tribunal permanente e imparcial que conociera de todas las diferencias de carácter internacional entre los Estados parte y para que la ONU contara con un órgano técnico que pudiera pronunciarse sobre cualquier desavenencia o asunto de carácter legal que enfrente.

La CIJ tiene una doble función, una contenciosa y una consultiva. La contenciosa faculta a la Corte para dirimir judicialmente controversias surgidas entre Estados por alegadas violaciones al derecho internacional; mientras que la función consultiva permite que las magistradas y los magistrados de la Corte emitan opiniones respecto de cuestiones jurídicas internacionales.
Todos los Estados miembros de la ONU son parte del Estatuto que rige a la CIJ, por ende, aceptan su jurisdicción, lo que implica un deber de acatar sus resoluciones, mandatos y sentencias. Cabe señalar que México y Ecuador son Estados parte desde 1945.
Un Estado puede llevar un asunto a la jurisdicción de la CIJ en búsqueda de que el máximo organismo judicial internacional declare la responsabilidad internacional de otro Estado. Primero, el Estado acusador debe dirigir una solicitud de inicio de procedimiento al secretario, en la que se indique el Estado contra quien se propone la demanda, el objeto de la controversia, una exposición de los hechos y los fundamentos en que se basa. Así daría inicio el proceso contencioso ante la CIJ, mismo que consta de dos fases: la primera, escrita, y la segunda, oral. Durante la fase escrita, el Estado demandante presenta una Memoria que contiene por escrito los hechos en que basa la demanda, los fundamentos de derecho y las conclusiones. Luego, el Estado demandado puede presentar una Contramemoria en la que reconoce o niega los hechos expuestos, incluyendo una exposición adicional de hechos —si procede—, observaciones relativas a los fundamentos expuestos por el demandante y sus fundamentos en respuesta, junto con sus conclusiones. Es importante decir que, en caso de que el Estado demandado buscara reconvenir o contrademandar, deberá hacerlo en este escrito.2 Si la Corte requiriera mayores datos o información, podría aceptar por única ocasión, nuevos alegatos escritos denominados: réplica y dúplica.3 Con ellos cierra definitivamente el procedimiento escrito.
Después, la Corte fija la fecha de apertura del procedimiento oral. Para este momento, los Estados involucrados ya debieron haber ofrecido un listado de testigos y peritos. Será entonces cuando, en audiencia, las partes presenten sus medios de prueba y expongan sus alegatos, mismos que deben ser cortos y específicos. Concluido el último alegato, las partes dan lectura a sus conclusiones finales.4
Finalmente, la Corte entra al proceso de deliberación y adopta su fallo. Éste es leído en audiencia pública y tiene fuerza obligatoria para las partes desde el día de su lectura. Es aquí donde se señala si la parte demandada actuó de conformidad o no con sus obligaciones internacionales y, en su caso, se ordenan acciones tendientes a reparar la situación. Los fallos de la CIJ son inapelables, pero si existiera desacuerdo sobre su sentido o alcance, cualquiera de las partes podrá presentar una demanda de interpretación del mismo y así finalizar el procedimiento contencioso en la CIJ.
México c. Ecuador, no es el primer caso que involucra al Estado mexicano en un litigio ante la CIJ. En 2003, México demandó a Estados Unidos en el conocido como “Caso Avena” por violaciones a la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, ello tras condenar a muerte a 54 ciudadanos mexicanos en diversos estados de aquel país sin permitirles la debida asistencia consular en el territorio extranjero, afectando su derecho de defensa. Finalmente, en marzo de 2004 la Corte falló en favor de México: condenó a Estados Unidos por encontrarlo responsable de violaciones al derecho internacional.
Sin duda, los procedimientos legales internacionales generan tensiones no sólo entre los Estados involucrados, sino en la comunidad internacional entera, pues las violaciones al derecho internacional colocan en riesgo las dinámicas de seguridad, comercio, paz y colaboración. En ocasiones, la CIJ emite medidas provisionales que garantizan el correcto desarrollo de estas dinámicas durante el desarrollo del juicio, aunque en el caso de México c. Ecuador, la Corte no las consideró necesarias.
Así, es importante saber que alrededor del Derecho Internacional Público han existido siempre críticas, como las del jurista alemán Savigny, que consideran que es imperfecto, entre otras cosas, porque señala que carece de coercitividad y su cumplimiento no va a acompañado de una fuerza represiva, además que su incumplimiento no acarrea sanciones efectivas.5 Estos argumentos, refiere Gioconda Saltos, lejos de constituirse en un fundamento jurídico o doctrinario que niegue verdaderamente el carácter del derecho internacional público, son más bien una exposición de las falencias de las cuales se ve afectado.6
En resumen, la experiencia mexicana ante la CIJ nos permite ver que la resolución pacífica y judicial de casos que involucran el respeto a las normas internacionales tiene un fuerte impacto en las relaciones entre países, ya que gracias a estos se generan precedentes que guían el desarrollo de las futuras relaciones internacionales y diplomáticas, impidiendo al mismo tiempo la escalada de los conflictos o generación de consecuencias irreparables.
Actualmente, el caso México c. Ecuador se encuentra en fase escrita y, como se mencionó, recientemente la CIJ señaló que no existen motivos suficientes para dictar medidas provisionales, de modo que el procedimiento avanzará hasta llegar a la fase oral y obtener un fallo. A la luz de los hechos, seguramente incluirá el establecimiento de medidas importantes (adicionales a las ya existentes) para garantizar el respeto irrestricto a los locales de las misiones diplomáticas y la seguridad de sus miembros.
Laura Cristina Acosta Reaza
Abogada y maestra en Derechos Humanos
Lo escrito aquí es a título personal y no refleja necesariamente la postura de ninguna institución.
1 Esta Corte no debe ser confundida con la Corte Penal Internacional, la cual también encuentra su sede en La Haya, Países Bajos, pero que como su nombre lo indica, su espectro de investigación y sanción, al desarrollarse dentro de la responsabilidad penal individual, son las personas (individuos) y su competencia se limita a los crímenes más graves de trascendencia para la comunidad internacional.
2 Art. 45 del Reglamento de la Corte Internacional de Justicia.
3 Ídem.
4 Art. 60 del Reglamento de la Corte Internacional de Justicia.
5 Saltos Saltos, M. G., Manual de Derecho Internacional Público, Corporación de Estudios y Publicaciones, 2017, pp. 21, 2017
6 Ídem.
Cita esta publicación
Acosta Reaza, L. C. (2024, 11 junio). ¿Qué es y cómo funciona la Corte Internacional de Justicia?. nexos. Recuperado el 24 de February de 2026 de https://seguridad.nexos.com.mx/que-es-y-como-funciona-la-corte-internacional-de-justicia/
Acosta Reaza, Laura Cristina. “¿Qué es y cómo funciona la Corte Internacional de Justicia?.” nexos, junio 11, 2024. https://seguridad.nexos.com.mx/que-es-y-como-funciona-la-corte-internacional-de-justicia/
ACOSTA REAZA, Laura Cristina. ¿Qué es y cómo funciona la Corte Internacional de Justicia?. nexos [en línea]. 11 junio 2024. [Consulta: 24 February 2026]. Disponible en: https://seguridad.nexos.com.mx/que-es-y-como-funciona-la-corte-internacional-de-justicia/
Acosta Reaza, Laura Cristina. “¿Qué es y cómo funciona la Corte Internacional de Justicia?.” nexos. 11 Jun. 2024, https://seguridad.nexos.com.mx/que-es-y-como-funciona-la-corte-internacional-de-justicia/.