
México enfrenta desde hace décadas un serio problema de impunidad. Diversos estudios estiman que más del 90% de los delitos no se resuelven porque no hay imputado identificado ni persona detenida[1]. Este panorama se origina en las limitaciones del Ministerio Público para construir líneas de investigación y reunir pruebas sólidas, particularmente en casos sin flagrancia y en delitos complejos como el homicidio doloso, la desaparición forzada o la trata de personas.
El análisis criminal y la inteligencia han surgido como metodologías clave para cerrar esta brecha. A diferencia de enfoques tradicionales centrados exclusivamente en el testimonio, estas herramientas permiten entender cómo operan las redes criminales, identificar patrones delictivos, construir líneas de investigación sustentadas en datos y orientar la actuación del Estado de forma más estratégica.
Es fundamental entender que no puede haber inteligencia sin datos. Para que puedan tener impacto real en la reducción de la impunidad, se requiere acceso a información pertinente, verificable y actualizada. Los productos de análisis criminal dependen del acceso a datos —criminalísticos, financieros, geográficos, biométricos, entre otros— que permitan construir inferencias sólidas. No obstante, sin reglas claras para la recopilación, uso y protección de la información, el análisis criminal puede operar en zonas grises (como sucede en actualmente en múltiples investigaciones), o incluso fuera del marco legal, poniendo en riesgo tanto la eficacia de la justicia como el debido proceso.
Además, persisten obstáculos estructurales que dificultan el acceso a la información. Las bases de datos suelen estar fragmentadas incluso dentro de una misma institución, donde las distintas áreas a menudo desconocen las funciones, procesos o sistemas que manejan otras unidades. Esta falta de integración complica aún más la interconexión a nivel estatal o federal. Como resultado, se limita la posibilidad de construir una visión precisa de los fenómenos criminales y de diseñar estrategias verdaderamente efectivas.
Son pocos los casos en que se ha logrado esta interconexión: uno de los más citados es el sistema COSMOS[2] en Querétaro, que permite integrar información de distintas áreas de justicia penal, desde una detención hasta su sentencia o salida procesal, interconectando las bases de datos de la policía, la fiscalía y los tribunales.
En los últimos 20 años han surgido algunos esfuerzos nacionales en vías de la interconexión de información. Uno de éstos es Plataforma México[3], un sistema creado para concentrar información de distintas de bases de datos nacionales, tanto públicas como privadas. Su objetivo es facilitar el acceso a información interoperable en el marco de las investigaciones penales. Sin embargo, con el tiempo, el proceso de actualización y carga de datos ha sido descuidado, lo que ha derivado en registros incompletos o desactualizados en varias de sus bases.
La reciente aprobación de la Ley del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia en Materia de Seguridad Pública representa el esfuerzo más ambicioso hasta ahora para institucionalizar el uso de inteligencia en la investigación penal en México. Aunque fiscalías y corporaciones policiales han practicado el análisis criminal desde hace más de una década, su implementación ha sido fragmentada, sin un marco normativo claro ni mecanismos de trazabilidad o control. Por primera vez, esta ley establece un marco jurídico que reconoce expresamente al análisis criminal y a la inteligencia como componentes estratégicos para la prevención y persecución de delitos, especialmente los de alto impacto. Su objetivo es construir un sistema interoperable que interconecte bases de datos y plataformas de inteligencia de los tres órdenes de gobierno, así como de algunos entes privados, bajo la coordinación de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC).[4] La nueva Ley apuesta en habilitar una “policía guiada por la inteligencia” (intelligence-led policing), como modelo preventivo y proactivo, frente a esquemas centrados únicamente en la reacción o en la recopilación de pruebas a posteriori[5].
Esta ley, aunque necesaria, traza un horizonte ambicioso, por lo que su implementación enfrenta desafíos importantes.
El primero de ellos es técnico. La interoperabilidad entre plataformas de seguridad, procuración de justicia, registros públicos y bases privadas exige sistemas estandarizados, infraestructura tecnológica robusta y protocolos compartidos. Esto no solo incluye la capacidad de conexión, sino también medidas avanzadas de ciberseguridad para garantizar la integridad y protección de los datos sensibles que se manejarán en tiempo real.
El segundo reto es institucional. Cada entidad federativa opera con diferentes niveles de capacidad tecnológica, jurídica y organizativa. La falta de homologación en los procesos de captura, validación y uso de la información puede dificultar la consolidación de un sistema nacional funcional. Además, lograr que los datos se compartan de forma oportuna y útil requiere más que una obligación legal: exige confianza institucional, cultura de colaboración y reglas claras sobre responsabilidades y límites.
Se suman los desafíos humanos. Contar con información de calidad, actualizada y completa depende del trabajo cotidiano de las personas que alimentan los registros. Sin embargo, en el contexto de la investigación criminal, el registro adecuado en los sistemas suele quedar relegado. Esto ocurre, en muchos casos, debido a la sobrecarga de trabajo, pero también por la falta de claridad sobre la utilidad de estos datos. Con frecuencia se pide al personal capturar información sin que puedan ver los resultados o el impacto que tienen los análisis derivados de esos registros.
Por último, el aspecto ético plantea desafíos significativos. La concentración y el cruce de bases de datos biométricos, financieros, telefónicos o de identidad, plantea riesgos serios en materia de derechos humanos. Si bien la ley incorpora principios como la legalidad, la protección de la persona y la dignidad humana, su efectividad dependerá de la existencia de mecanismos reales de rendición de cuentas, controles de acceso y supervisión sobre el uso de la información.
La ley establece que el acceso a los sistemas esté restringido a personal certificado, evaluado y autorizado para funciones específicas. Estas disposiciones son necesarias, pero no suficientes. Es fundamental garantizar que el mal uso de la información pueda ser detectado, sancionado y, sobre todo, que no quede en manos de las mismas instituciones que concentran el poder de vigilancia.
En suma, el nuevo Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia ofrece la oportunidad de establecer un marco legal sólido para el uso de la inteligencia y análisis criminal en la persecución penal, pieza clave para enfrentar la impunidad en México. El verdadero potencial de la nueva ley no radica solo en su capacidad de conectar sistemas, sino en su posibilidad de consolidar un modelo de inteligencia transparente, legal y con controles efectivos. Para lograrlo, se requiere no solo inversión en tecnología o formación de perfiles especializados, sino también un compromiso firme con la ética pública y con los derechos humanos que deben guiar el uso de la información por parte del Estado.
Thomas Favennec
Director ejecutivo de LAB-CO, laboratorio de innovación e impacto social en seguridad y justicia.
www.linkedin.com/in/thomas-favennec
@TFavennec
Luis Amador
Experto en inteligencia y análisis criminal en LAB-CO.
www.linkedin.com/in/luis-amador-06282a132
[1] México Evalúa (2023). Índice Estatal de Desempeño de las Procuradurías y Fiscalías 2023. Disponible en: https://www.mexicoevalua.org
[2] COSMOS. Modelo de Gestión del Sistema de Justicia Penal en Querétaro. Disponible en: https://www.cosmosqueretaro.gob.mx
[3] Secretaría de Seguridad Pública (2008). Plataforma México https://www.inegi.org.mx/contenidos/eventos/2008/VIIRNE/Mesa5/19/JoseAntonioRivera.pdf?utm_source=chatgpt.com
[4] Ley del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia en Materia de Seguridad Pública, Diario Oficial de la Federación (pendiente de publicación al 28 de junio de 2025).
[5] Asociación de Jefes de Policía del Reino Unido (ACPO), “Intelligence-led Policing: A National Intelligence Model”, 2000.
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Favennec, T. & Amador, L. (2025, 4 julio). Más datos, más poder: potencialidades y desafíos de la nueva ley de inteligencia en México. nexos. Recuperado el 14 de March de 2026 de https://seguridad.nexos.com.mx/mas-datos-mas-poder-potencialidades-y-desafios-de-la-nueva-ley-de-inteligencia-en-mexico/
Favennec, Thomas, y Luis Amador. “Más datos, más poder: potencialidades y desafíos de la nueva ley de inteligencia en México.” nexos, julio 4, 2025. https://seguridad.nexos.com.mx/mas-datos-mas-poder-potencialidades-y-desafios-de-la-nueva-ley-de-inteligencia-en-mexico/
FAVENNEC, Thomas y AMADOR, Luis. Más datos, más poder: potencialidades y desafíos de la nueva ley de inteligencia en México. nexos [en línea]. 4 julio 2025. [Consulta: 14 March 2026]. Disponible en: https://seguridad.nexos.com.mx/mas-datos-mas-poder-potencialidades-y-desafios-de-la-nueva-ley-de-inteligencia-en-mexico/
Favennec, Thomas, y Luis Amador. “Más datos, más poder: potencialidades y desafíos de la nueva ley de inteligencia en México.” nexos. 4 Jul. 2025, https://seguridad.nexos.com.mx/mas-datos-mas-poder-potencialidades-y-desafios-de-la-nueva-ley-de-inteligencia-en-mexico/.