Cuerpos afectivos en resistencia carcelaria

El otro como problema

La conciencia y el reconocimiento de la existencia del otro se nos presenta como un problema de conocimiento del que surge la pregunta ¿quién es ese otro? Ese otro que amamos, criamos, admiramos, odiamos, deseamos, pero también ese otro que mata. En un país que reporta casi 100 homicidios diarios —a razón de 29 homicidios por cada 100 000 habitantes a nivel nacional (INEGI, 2020)— el problema de la existencia del otro que mata se traduce en nuevas preguntas. ¿Cuál es el papel del castigo en esta realidad social? ¿Está implícita la aplicación de la justicia en las medidas punitivas que administra el Estado? ¿Podemos o debemos aceptar de vuelta en nuestro grupo social a ese otro que ha cometido homicidio y brindarle nuevas oportunidades de convivencia y socialización?

Estas preguntas ponen sobre la mesa los retos que deben asumir quienes apelan a la aplicación de una auténtica política de reinserción social que asuma de forma institucional y política un modelo de justicia enfocado en el bienestar común. Pensar en formas de justicia más allá del castigo nos obliga a adquirir compromisos morales con una sociedad que ha sufrido durante más de dos décadas el recrudecimiento de varios tipos de violencias. Es evidente que los sistemas penal y carcelario hasta ahora no han atendido esta problemática. Esto se debe a razones puntuales que quedan a la vista de todos, como las deficiencias estructurales y humanas del sistema de justicia. Pero también podemos señalar la excesiva intencionalidad punitiva de leyes que no tienen un alcance de mejora social efectiva: tenemos un sistema que propone mucho castigo pero pocas medidas de prevención que establezcan como prioridad el bienestar social para toda la población. Si lo que busca la Justicia —así, con  mayúscula— es salvaguardar el bienestar común y garantizar el ejercicio de derechos para todos los ciudadanos, nuestro sistema de justicia es insuficiente en tanto que sólo castiga sin garantizar bienestar a quienes han sido agredidos, y en tanto que no responde a los contextos que motivan a las personas a delinquir. Ya sea como víctima o como agresor, la realidad es que en México los derechos humanos son discriminatorios: los ejerce quien puede pagarlos.

En este contexto, entender y saber qué hacer con ese otro que daña es un ejercicio complejo, pues cualquier propuesta de acción que resulte de esta reflexión y análisis deberá considerar una realidad social en la que practicar la justicia no significa actuar de manera justa. La operación de los mecanismos de justicia en México nos obliga a desconfiar, a dudar, a no creer, a estar preparados para la ineficacia del sistema, a aprender a vivir con miedo y a asimilar pérdidas humanas en condiciones desesperanzadoras. Vivimos una tragedia nacional cotidiana que hemos aprendido a normalizar.

Ante esta realidad, el Estado ofrece escasas alternativas y soluciones. Así, el sistema penitenciario aparece como la única “estrategia” para hacer frente a una realidad violenta. Tenemos instituciones públicas que actúan a la sombra de intereses partidistas y un sistema de justicia que criminaliza y racializa la pobreza, y que la juzga desde la perspectiva de un otro que encarna al “racista ordinario” de Todorov: ese que “no es un teórico, [que] no es capaz de justificar su comportamiento mediante argumentos ‘científicos’” y cuyo comportamiento “la mayoría de las veces está constituido por odio y menosprecio con respecto a personas que poseen características físicas bien definidas y distintas a las [propias]”.1 El imaginario social concibe a la prisión como un mecanismo de corrección de la conducta y de rehabilitación de motivaciones inmorales, así como una estrategia disuasoria de acciones delictivas. La realidad, sin embargo, es otra.

Ilustración: Patricio Betteo

Resistencia al totalitarismo

La prisión, dice el sociólogo canadiense Erving Goffman, es una institución total: “un lugar de residencia y trabajo, donde un gran número de individuos en igual situación, aislados de la sociedad por un periodo apreciable de tiempo, comparten en su encierro una rutina diaria, administrada formalmente”.2 Se trata de una institución cuyo totalitarismo impone fronteras a la subjetividad afectiva —cognición y emoción— del socialmente indeseable, al tiempo que desdibuja la humanidad de quienes la habitan y los convierte en materia de desecho. El indeseable, entonces, es aquel que no deseamos tener cerca, pero también aquel que no tiene derecho a desear.

El problema de la existencia del otro en la prisión se centra en distinguir, en un nivel práctico, entre la moral propia y la ajena, entre formas de vida legales e ilegales que se explican y justifican a sí mismas en un escenario de desigualdades sociales, económicas y educativas en el que convivimos millones de personas. Problematizar la existencia del otro también es problematizar nuestra propia existencia. Pero a diferencia de lo que sucede fuera de la prisión, el confinado indeseable se rebela de manera sistemática, resiste ante los otros mientras transcurre la rutina diaria de la institución total. Ahí reafirma su subjetividad y mantiene sus atributos sociales incluso bajo la exclusión social a la que se le ha condenado. Y es que la cotidianidad carcelaria nos muestra que lo social y su reinvención también tienen lugar más allá de la ley y del Estado.

El sujeto confinado es, antes que nada, un cuerpo en resistencia. Lo habitual de la prisión es construir formas de socialización en resistencia que moldean la organización social al interior de la institución y que inciden en las normas culturales y morales que rigen no sólo a la cotidianidad carcelaria, sino también la vida fuera de prisión. La diferencia es que esas normas adquieren un sentido y propósito distinto dentro de la cárcel; un propósito que no siempre es claro, o que cambia según quién tenga el control —legítimo o ilegítimo— dentro de la institución. En este contexto difícilmente hay lugar para la reinserción social.

La mayoría de las normas que definen la cotidianidad carcelaria se derivan de una realidad social que se ha construido a partir de distintas violencias: la violencia de la precariedad, del abandono, de la impunidad, de la ausencia de futuro, de la desaparición forzada, de los desplazamientos y la violencia de la imposibilidad de tener un desarrollo personal sin las amenazas de un entorno criminal. Todas estas violencias están contenidas en la subjetividad afectiva de quien habita la cotidianidad carcelaria. El encierro y el castigo no las desaparece, sino que las suma.

Una realidad social permeada por todas esas violencias, incluida la carcelaria, termina por generar y alimentar subjetividades afectivas enfermas. Este último término debe entenderse tanto en un sentido real como en uno metafórico, una distinción importante, pues de ello podría depender que ese otro-que-daña reciba la oportunidad de reparar el daño que ha causado, de reintegrarse a un grupo social o de asumir voluntariamente una actitud de desistimiento. Esta  aproximación nos permite evaluar no sólo cuándo un sujeto puede pensarse “peligroso” para una sociedad, sino —más importante aún— cuándo un contexto social aceptado y normalizado es un peligro para un sujeto.

 

Claudia Alarcón
Ha trabajado con adolescentes y jóvenes en conflicto con la ley y ha instrumentado programas de prevención del delito y la violencia. Actualmente realiza una investigación doctoral sobre emociones morales y subjetividad afectiva en jóvenes que han cometido homicidio.


1 Todorov, Tzvetan, Nosotros y los otros, S. XXI, México, 2009.

2 Goffman, Erving, Internados. Ensayos sobre la situación social de los enfermos mentales. Amorrortu editors, 2001.


Cita esta publicación

Alarcón, C. (2021, 26 abril). Cuerpos afectivos en resistencia carcelaria. nexos. Recuperado el 17 de March de 2026 de https://seguridad.nexos.com.mx/cuerpos-afectivos-en-resistencia-carcelaria/

Alarcón, Claudia. “Cuerpos afectivos en resistencia carcelaria.” nexos, abril 26, 2021. https://seguridad.nexos.com.mx/cuerpos-afectivos-en-resistencia-carcelaria/

ALARCÓN, Claudia. Cuerpos afectivos en resistencia carcelaria. nexos [en línea]. 26 abril 2021. [Consulta: 17 March 2026]. Disponible en: https://seguridad.nexos.com.mx/cuerpos-afectivos-en-resistencia-carcelaria/

Alarcón, Claudia. “Cuerpos afectivos en resistencia carcelaria.” nexos. 26 Abr. 2021, https://seguridad.nexos.com.mx/cuerpos-afectivos-en-resistencia-carcelaria/.


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Publicado en: Agenda