Cerrar cárceles para perpetuar el modelo

“Va a ser una isla para los jóvenes, campamentos para ir a conocer,
desde luego, la historia de cómo esos modelos de castigo deben ir desapareciendo”.
—Andrés Manuel López Obrador sobre el cierre de Islas Marías

 

El pasado 28 de septiembre se anunció el cierre del Centro Federal de Readaptación Social No. 2, mejor conocido como el Cefereso de Puente Grande. Esta decisión del ejecutivo federal se inscribe en una serie de cierres altamente simbólicos de centros penitenciarios.

Para marcar sus primeros 100 días de gobierno, Andrés Manuel López Obrador anunció la desvinculación del sistema penitenciario federal del complejo de Islas Marías, unas de las cárceles más antiguas de México, tristemente famosa por haber sido la sede de encarcelamiento de presos políticos durante el gobierno de Porfirio Diaz. El presidente se comprometió en dar oportunidad a las personas privadas de libertad de acceder a beneficios de preliberación o trasladarse a los centros más cercanos a su domicilio.  Sin embargo, solo 14 personas fueron liberadas y 584 otras fueron trasladadas al Cefereso “CPS” N.º 18 en Coahuila, a pesar de que la mayoría de ellos, son originarios de la Ciudad de México y el Estado de México.1 Al siguiente mes, el gobernador de Nuevo León anunció el cierre de la cárcel de Topo Chico, bien conocido por los motines, masacres, corrupción y violencia que en él reinaban. Los internos fueron repartidos entre algunos centros de la entidad y el Cefereso 18 de Coahuila. En el caso Puente Grande entre 400 y 300 personas han sido trasladas o están en vías de ser trasladas a Ceferesos en otras entidades federativas.

Estos cierres de centros simbolizaron el reconocimiento público que estos espacios no garantizaban condiciones de dignidad e integridad, tanto para las personas que ahí habitan como para las que ahí laboran. Es decir, se reconoce el fracaso de un modelo penitenciario caracterizado por carencias, violencia y corrupción. No obstante,  bajo el pretexto de mejora de condiciones de internamiento, durante este proceso se han promovido mecanismos que claramente ilustran la arbitrariedad penitenciaria: los traslados masivos, no anunciados, sin supervisión judicial.

Ilustración: Víctor Solís

Lejos de tratarse de casos aislados, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Personas Privadas de Libertad, 60 % de las personas encuestadas en un centro federal manifestaron no haber llegado ahí como nuevo ingreso, sino provenientes de otra cárcel.

Los traslados arbitrarios propician riesgos de tortura, tratos crueles inhumanos y degradantes, como lo resaltó el Subcomité para la Prevención de la Tortura en el marco de su última visita a México. Un ejemplo es el caso de la inauguración del Cefereso “CPS” No. 16 en Morelos en 2016. Con la creación del primer (y a la fecha único) centro federal únicamente destinado a mujeres, se trasladaron 1 339 de Nayarit a Morelos durante los primeros tres meses, lo que representa 53 % de su capacidad instalada.2 Sus familias señalaron que durante este traslado sufrieron golpes, toques eléctricos y violencia sexual. Incluso, se denunció la muerte de una interna.3

Estos traslados constantes de un lugar a otro de la república mexicana tienen consecuencias negativas en sus derechos. Al llegar a lugar lejano a su proceso penal, se afecta por ejemplo, aquél a una defensa adecuada y a una vida familiar. Esto es especialmente cierto en el caso de las mujeres privadas de libertad por un delito del fuero federal, ya que sin importar el lugar donde estén detenidas, existe el riesgo de que las trasladen a Morelos.

No obstante, los cierres de centros y traslados subsecuentes no sólo impactan de forma diferenciada a las mujeres privadas de libertad, sino a al personal de seguridad y custodia y a las integrantes de sus familias. Éstas últimas constituyen la principal red de apoyo de las personas que se encuentran en prisión. Son ellas quienes les proveen alimentos, vestimenta, material de higiene, y de dinero para su manutención. Ellas mantienen su vínculo con el mundo exterior a través de visitas que implican costos de traslado importantes, dan seguimiento a su proceso penal y pagan los costos relacionados con la defensa. A pesar de ello, son quienes descubren un día que sus familiares fueron trasladados a otra entidad en el periódico, o acudiendo a visita. Esta presión tiene un impacto negativo tanto en su salud física y mental, como en su estabilidad económica. 

Por otra parte, el cierre de una cárcel también implica el traslado del personal de custodia. Para entender las consecuencias de este cambio de ubicación, es importante entender sus condiciones laborales. Un estudio reciente de Catalina Pérez Correa y Elena Azaola describe la extensión de horarios de trabajo, ubicaciones lejanas a sus domicilios así como costos elevados de traslados que, muchas veces, les impiden ver a su familia de forma regular. Según dicha investigación, si bien 62.4 % de los hombres afirma vivir y trabajar en el mismo estado que su familia y/o pareja, sólo 55.7 % de las mujeres se encuentra en esta situación. Es decir, entre el personal penitenciario, menos mujeres viven cerca de sus familias que hombres. Esto es particularmente relevante sabiendo que, según este mismo estudio, 42 % de las mujeres entrevistadas que afirmaron tener hijos son madres solteras, contra el 12 % de los hombres.

Si el cierre de prisiones con historiales serios de violaciones a derechos humanos no se acompaña de un profundo cambio de perspectiva desde el sistema de justicia, no se está terminando con un modelo de castigo. Sólo cambiaría la ubicación de las personas y el tipo de violaciones a sus derechos: en vez de vivir en un centro con problemas de hacinamiento, corrupción, motines, serían enviadas a lugares que carecen de servicios básicos de salud, trabajo, educación, donde se encuentran encerradas más de 20 horas al día, en zonas de difícil acceso para sus familias.

El sistema de justicia en su conjunto cuenta con una serie de herramientas que es urgente aplicar, en especial cuando cierran las puertas de algunos centros. Para ello, necesitamos hacernos las preguntas correctas:

• ¿La ley de amnistía podría aplicarse en beneficio de estas personas?

• ¿Cumplen con los requisitos para obtener un beneficio de preliberación, sustituto de la pena o permisos humanitarios conforme a la Ley Nacional de Ejecución Penal?

• ¿Si la persona aún no cuenta con una sentencia, existe la posibilidad de beneficiarse de un cambio de medida cautelar?

Los procesos de cierres necesitan realizarse con tiempo y acompañado de una coordinación interinstitucional entre la autoridad penitenciaria, la defensoría pública, el Poder Judicial y las fiscalías. Estos traslados que ocurren sin avisar, en medio de la noche, sin preocupación por el impacto en las personas privadas de libertad o sus familias, son justo el modelo con él que es necesario terminar.

 

Maïssa Hubert Chakour
Licenciada en derecho y ciencia política de la Universidad Lumiere Lyon II y titular de una maestría de sociología con especialidad en género y desarrollo por parte de la Universidad Denis Diderot Paris VII. Actualmente es Subdirectora de Equis: Justicia para la Mujeres.


1 Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana. Enero 2019. Cuaderno Mensual de Información Estadística Penitenciaria.

2 Comisión Nacional de Seguridad, enero 2016, Cuaderno Mensual de Información Estadística Penitenciaria.

3 Solicitud de Medidas Cautelares dirigida a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos: “Familiares de las mujeres privadas de la libertad internadas en el centro nacional de concentración para internas en México o con riesgo de ser trasladadas al mismo”.


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Hubert Chakour, M. (2020, 5 octubre). Cerrar cárceles para perpetuar el modelo. nexos. Recuperado el 24 de February de 2026 de https://seguridad.nexos.com.mx/cerrar-carceles-para-perpetuar-el-modelo/

Hubert Chakour, Maïssa. “Cerrar cárceles para perpetuar el modelo.” nexos, octubre 5, 2020. https://seguridad.nexos.com.mx/cerrar-carceles-para-perpetuar-el-modelo/

HUBERT CHAKOUR, Maïssa. Cerrar cárceles para perpetuar el modelo. nexos [en línea]. 5 octubre 2020. [Consulta: 24 February 2026]. Disponible en: https://seguridad.nexos.com.mx/cerrar-carceles-para-perpetuar-el-modelo/

Hubert Chakour, Maïssa. “Cerrar cárceles para perpetuar el modelo.” nexos. 5 Oct. 2020, https://seguridad.nexos.com.mx/cerrar-carceles-para-perpetuar-el-modelo/.