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Reincorporar policías y MPs despedidos: ¿solución o nuevo problema?

Desde hace varios años, diversas voces han expresado su desacuerdo con el trato diferenciado que la Constitución da a los policías, agentes del Ministerio Público y peritos con respecto de cualquier trabajador del país. Nuestra constitución (artículo 123, Apartado B, fracción XIII) señala que estos, podrán ser separados de sus cargos si no cumplen con los requisitos legales vigentes o removidos por incurrir en responsabilidad en el desempeño de sus funciones.